La Paz, 18 de diciembre de 2020 (ALDLP).- La Directiva de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz (ALDLP), de conformidad con el Articulo 65 del Reglamento Interno, convocó a las y los Asambleístas Departamentales a la Segunda Sesión Extra Ordinaria del Pleno, que se desarrolló en la modalidad Virtual hoy 12 de diciembre de 2020, con el propósito de considerar y analizar, la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional entre Categorías Programáticas de funcionamiento de la Administración Central, el Hemocentro – BSRDLP “Servicios Personales” y la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional para el Programa de Fortalecimiento y Asistencia Técnica de la Producción Agrícola en las regiones paceñas.
La ALDLP, en cumplimiento a sus facultades y competencias establecidas en artículos 272, 277 de la Constitución Política del Estado (CPE), concordantes con lo previsto en el Numeral 1 del Artículo 30 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, y Artículos 7, 24, 32 Y 91 del Reglamento Interno, por unanimidad aprobó el punto de dos del Orden del Día respecto del Proyecto de Normativa que da curso a la MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA INTRAINSTITUCIONAL ENTRE CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL, por un monto total de BS. 91.500,00 (NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS).
En esa misma línea, el pleno del legislativo departamental por unanimidad también aprobó el punto tres del Orden del Día que da curso a la MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA INTRAINSTITUCIONAL ENTRE PARTIDAS DENTRO DE LA MISMA CATEGORÍA PROGRAMÁTICA HEMOCENTRO – BSRDLP “SERVICIOS PERSONALES”, por un monto de Bs. 1.150.444,00 (Un millón ciento cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y cuatro 00/100 Bolivianos).
Finalmente y por unanimidad también fue aprobado el punto cuarto del Orden del Día, que hace referencia a la MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA INTRAINSTITUCIONAL PARA EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA EN LAS REGIONES DEL DEPTO. DE LA PAZ, por un monto total de Bs. 426.454,75 (Cuatrocientos veintiséis mil cuatrocientos cincuenta y cuatro 75/100 bolivianos).