ARTÍCULO DE OPINIÓN.- ZARATE: “MARCO COSSIO, ESTÁ ACTUANDO DE MANERA PARCIALIZADA AL GOBIERNO TRANSITORIO DEFACTO DE JEANINE AÑEZ”

El Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz, Edwin Zarate, afirmó que las protestas sociales se encuentran protegidas por la Constitución Política del Estado (CPE) y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a partir de las garantías que ofrece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Bolivia y el Mundo, por lo que considera un atropello y la vulneración de los derechos humanos, las determinaciones de la Fiscalía Departamental de La Paz, de admitir denuncias en contra de la dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB).

“Los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación no solo garantizan la promoción de los derechos sociales, culturales y ambientales, sino también la identidad de grupos históricamente discriminados, como el caso de las mujeres que han salido a las calles para reclamar la protección de sus derechos, la protesta juega un papel central igualmente en la defensa de la democracia, la voluntad popular y los derechos humanos, la fiscalía departamental de La Paz, encargada de garantizar el ejercicio pleno de los derechos de la población no puede atentar con el pueblo organizado y en estado de emergencia, por afanes plenamente políticos, considero que el señor, Marco Cossio, está actuando de manera parcializada al gobierno transitorio defacto de Jeanine Añez ”, determinó.

La Constitución Política del Estado en su Artículo 26 parágrafo I. detalla que todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. (CPE).

La Comisión Interamericana y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión han prestado especial atención a las garantías de los derechos involucrados en las protestas sociales y se han expresado en diversas oportunidades. Como antecedentes podemos mencionar, que en su informe Anual del año 2005 dedicó un capitulo a “Las manifestaciones públicas como ejercicio de la libertad de expresión y la libertad de reunión”. El tema también ha sido objeto de diversas audiencias temáticas, ha formado parte de informes anuales, informes de país y comunicados. Como antecedente directo del presente documento, en marzo de 2015, en su 154º período de sesiones, la Comisión realizó la primera audiencia temática regional sobre los derechos humanos en contextos de protesta social, solicitada a la luz de regresiones de distinta gravedad en las respuestas estatales ante manifestaciones públicas en diversos países de la región por organizaciones de distintos países. (Protestas y Derechos Humanos, de la Relatora Especial Para la Libertad de Expresión (RELE) para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ